Lejos de la Leyenda Negra, el proceso inquisitorial del Santo Oficio constaba de un juicio minucioso para no dejar nada a la libre interpretación.
Y le condeno V.S en abjuración de levi y que oya una missa en la sala del decreto y en doscientos ducados y en diez años de destierro a la frontera de Orán allende de otros mil en que havia sido executado por haver contravenido al mandato del comisario del Santo Officio. Executose.
Condena del Tribunal de la Inquisición de Barcelona a Alemany Trago (1586)
Desde el alumbramiento de la Leyenda Negra española, mucho ha sido el tenebrismo que la literatura y la propaganda han derramado sobre la Inquisición española. Bajo una ficticia sombra de injusticia y fanatismo, el Santo Oficio se convirtió en el blanco perfecto para que los disidentes y enemigos de la Monarquía Hispánica iniciaran toda una operación de acoso y derribo contra la Corona. En un abrir y cerrar de ojos, gobiernos tan lúcidos como el de los Reyes Católicos o el de Felipe II quedaron identificados con el anticristo.
La propaganda convenció a buena parte de Europa de que la Inquisición era una siniestra institución exclusiva de la Monarquía española, pasando por alto su existencia en el resto del orbe cristiano (católico y protestante). Se olvidaba que el primer tribunal nació en Francia hacia 1184 para acabar con la herejía cátara, y que para dotar a los Estados de una unidad inquebrantable vía uniformidad religiosa, los príncipes cristianos solicitaron al Papa la imposición de la Inquisición en sus dominios (a Castilla no llegaría hasta 1474 para vigilar a los falsos conversos). En contra de lo que la Leyenda Negra ha sembrado en el imaginario popular, el proceso inquisitorial constaba de un juicio minucioso y estrictamente regulado que trataba de no dejar nada a la libre interpretación.
He aquí el Proceso Inquisitorial paso a paso:
1.-DENUNCIA
Todo comenzaba con la “DENUNCIA” (nunca anónima) de un particular, pasando al Tribunal sobre el que el denunciante, con todos los requisitos legales, debía ratificarse. El Tribunal entraba de parte u oficio, examinaba la denuncia sin manifestarse y preparaba un informe recogiendo interrogatorios hechos a las personas mentadas por el denunciante y otras terceras.
2.-CALIFICACIÓN
Habido el material acusador, se pasaba a la “CALIFICACIÓN”, un examen de expertos en la denuncia en cuestión cuya valoración determinaba si era pertinente seguir adelante con el proceso o estancarlo.
3.-CLAMOSA
Si todo seguía su curso, comenzaba la “CLAMOSA”, momento en el que un fiscal ponía la denuncia oficialmente y pasaba el informe a los jueces a la vez que solicitaba la apertura del proceso.
4.-VOTO EN SUMARIA
Se llegaba así al “VOTO EN SUMARIA” entre inquisidores y consultores externos, y si todos estaban de acuerdo, el expediente pasaba a la Suprema o Consejo de la Inquisición.
5.-ORDEN DE PRISIÓN
En ese momento se emitía la “ORDEN DE PRISIÓN” y secuestro de bienes del acusado, para correr con los gastos de la estancia en prisión. Si la acusación era leve, podía disfrutar de la “CONVOCATORIA”, prohibiéndosele salir de la ciudad amén de una imposición económica para mantener a los presos más humildes. En caso de que fuese grave, el reo era incomunicado y todos sus bienes secuestrados.
6.-AUDIENCIA DE BIENES
Tras esto se procedía a una “AUDIENCIA DE BIENES” en la que el reo hacía inventario propio de sus posesiones para completar el del tribunal.
7.-PRIMERA AUDIENCIA Y MONICIONES
En la “PRIMERA AUDIENCIA» el reo se identificaba a sí mismo, a su familia y a sus parientes, hacía una relación de sus antepasados, exponía su oficio, sus residencias a lo largo de su vida y era sometido a un examen religioso. Identificado el reo, se pasaba a las “MONICIONES”, en las que se le daban 3 oportunidades para confesarse en 3 sesiones de audiencias.
8.-ACUSACIÓN
Expuestos el reo y la documentación inicial, el fiscal hacía la “ACUSACIÓN”, a la cual el individuo contestaba improvisadamente y a viva voz a los cargos con ayuda de un abogado defensor. Terminada esta audiencia, se entregaba una copia al abogado, que redactaba sus alegaciones y las ratificaba ante el tribunal junto a las acusaciones del fiscal (“Nada más que añadir”).
9.-PUBLICACIÓN DE TESTIGOS
El siguiente paso era la “PUBLICACIÓN DE TESTIGOS”, en la que al reo se le recitaban los testimonios habidos contra él. Nuevamente se entrega una copia al abogado y este realiza sus alegaciones. En este punto el acusado podía presentar nuevos testigos que diesen cuenta de su fe o, también, proceder a una “TACHA”, eliminando a ciertos testigos contrarios demostrando su enemistad.
10.-VOTO EN DEFINITIVA
Concluido el proceso, tocaba “VOTAR EN DEFINITIVA”, decisión que toman los inquisidores del tribunal, un representante del obispo y los consultores que hubiesen participado en el caso. En caso de “DISCORDIA”, el expediente se enviaba al Consejo, al igual que los que contenían la pena de muerte, para una nueva revisión.
11.-SENTENCIA
Dictada la “SENTENCIA”, se enviaba al reo a su destino definitivo. En caso de muerte, el condenado era puesto en manos de la justicia civil para que lo “relajase”.
Bibliografía:
-Lea, Henry Charles. «Historia de la Inquisición española»
-Tomás y Valiente, Francisco. «La tortura en España»
-PARES.